Nueva legislación de las tarjetas de crédito, ventajas e inconvenientes

Protección al consumidor y riesgos encubiertos, conozca las claves de la nueva legislación de las tarjetas de crédito.

Legislacion tarjetas
Leyes y tarjetas.
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Analizamos la nueva ley que regula el uso de las tarjetas de crédito, pensada para ofrecer un mayor nivel de protección a los titulares de tarjetas ante el abuso indiscriminado y unilateral de las entidades durante los años 2008 y 2009.

Las tarjetas de crédito se transformaron en marzo de 2009 en un riesgo latente para Estados Unidos de una nueva burbuja crediticia. Los altos niveles de endeudamiento unidos a las comisiones elevadas que las entidades repercuten a los titulares, suponen una tasa media superior al 20% de interés, lo que sin ninguna duda se sale de todos los parámetros aceptables, máxime si tenemos en cuenta que los tipos oficiales han permanecido invariables.

Nueva ley… ¿nueva protección?

Como aspecto destacable de la nueva legislación inherente a las tarjetas de crédito, destacamos la eliminación de la posibilidad con la que contaban las entidades para modificar de forma unilateral y durante el primer año de vigencia, los tipos de interés acordados en el contrato de apertura. Sin embargo esa novedad tiene sus excepciones.

  1. Se podrá modificar el tipo de interés si la tarjeta de crédito se referencia a una tasa de interés variable.
  2. Si usted se retrasa en el pago de su cuota mensual por más de dos meses.
  3. Si se incumple el convenio de pago pactado con la entidad emisora.

Adicionalmente, se incluye una modificación en relación con el APR introductorio y su periodo de aplicación, que obliga a las entidades a mantener dicho periodo introductorio por un plazo mínimo de 6 meses.

Aumentos de tasas de interés

La nueva Ley de medios de pago, contempla las excepciones anteriormente mencionadas, sin embargo se incluyen modificaciones relacionadas con las acciones unilaterales de los prestamistas.

Así, se establece la obligación de comunicar al titular de la tarjeta de crédito la decisión de aumentar las tasas de interés con un plazo no inferior a 45 días a fin de dar tiempo a los titulares para cancelar la tarjeta.

Es fundamental tener mucha precaución en este caso ya que, se observa una tendencia creciente a la práctica oscura y abusiva de las entidades de cerrar la cuenta y aumentar las tasas de interés, lo que haría que usted siguiera acumulando deuda sin ser consciente de ello.

Estado de cuenta, novedades

La nueva legislación establece la obligación de las entidades de incluir en el estado de cuenta, el plazo que usted tardará en liquidar su deuda atendiendo a los siguientes criterios.

  • Si opta por el pago mínimo estipulado.
  • En un plazo de 12 meses.
  • En un plazo de 3 años.

Esta simulación deberá incluir obligatoriamente, el coste total incluyendo su deuda actual más los intereses aplicados.

Modificaciones en relación al aumento del límite de crédito

Con la entrada en vigor de la nueva Ley de tarjetas de crédito, el titular está obligado a notificar por escrito su decisión de operar por encima de su límite de crédito. Esta modificación se realiza a fin de minimizar las tarifas arbitrarias que los emisores repercuten a los titulares que exceden el límite concedido.

Nuevos costos

Sin embargo, es fundamental que usted conozca las novedades incluidas en la nueva legislación que permite a las entidades el cobro de comisiones y cuotas por conceptos novedosos.

  1. Se permite el cobro de tasas adicionales por inactividad.
  2. Se establece un cargo mínimo por financiamiento.
  3. Se permite el aumento de los importes cobrados por retrasos en el pago.
  4. Se incrementan las comisiones por utilización de tarjetas de crédito en el extranjero, transferencias y retiradas de efectivo en cajeros automáticos.

Nueva ley, aprovechar las ventajas y minimizar los riesgos

Si bien es cierto que la nueva legislación se contempla como protectora del consumidor, no debemos olvidar que el uso responsable de la tarjeta de crédito, es la clave para evitar el sobreendeudamiento.

Conclusiones

Le recomendamos por lo tanto que siga los siguientes consejos:

  • Pague siempre sus operaciones realizadas al contado.
  • Nunca exceda su límite de crédito.
  • Evite los retrasos en el pago de su cuota.
  • Revise mensualmente la información que le hace llegar su entidad emisora y preste una atención especial a las modificaciones relacionadas con las cuotas, costos y tasas de interés que le notifiquen