Cambios en la Advertencia Miranda en Estados Unidos

La Corte Suprema de Estados Unidos ha declarado que desde ahora serán los propios detenidos quienes deberán invocar los Derechos Miranda, desligando a la fuerza policial de hacerlo ante un arresto.

Derechos Miranda
Cambios en el la Advertencia Miranda en Estados Unidos

Las últimas modificaciones a los Derechos Miranda en Estados Unidos, obligan al detenido a invocarlos para ejercerlos, de otra forma se entiende que el sospechoso no los está ejerciendo.

En un reciente vuelco de eventos, por votación de 5 contra 4, la Corte Suprema de Estados Unidos decidió que los sospechosos deberán invocar verbalmente y claramente su derecho a mantener silencio cuando hayan sido arrestados, así como también a que un abogado los represente en un fuero legal (Ver nota al final). De acuerdo con esta decisión, las palabras de una persona sospechosa de un crimen podrán ser usadas en su contra si ésta no menciona claramente a la policía que no desea hablar, aun después de que se le haya leído la Advertencia Miranda.

De no existir una invocación clara por parte del sospechoso del ejercicio de sus derechos constitucionales, la policía podrá continuar preguntando. Consecuentemente, todas las respuestas provistas por el sospechoso no serán excluidas del proceso.

El pasado de la Advertencia Miranda (Derechos Miranda)

La Advertencia Miranda (Miranda Warning en Inglés), también conocidos como los “Derechos Miranda” (Miranda Rights en Inglés), tienen su origen en la decisión ejercida por la Corte Suprema de Estados Unidos en 1966 durante el histórico caso de Miranda versus Arizona 384 U.S. 436 (1966) . La Corte Suprema decidió que el sospechoso que se encuentre en custodia policial bajo arresto, antes de ser interrogado, deberá ser avisado de los derechos constitucionales – los que incluyen parte de la Quinta y Sexta Enmienda- contenidos en la conocida Advertencia.

La Quinta Enmienda (Fifth Amendment) establece que una persona tiene el derecho contra la auto-incriminación forzada. En otras palabras, no puede obligarse a ninguna persona acusada de cometer un delito a que declare contra si misma.

La Sexta Enmienda (Sixth Amendment) establece que el acusado tiene el derecho fundamental de ser claramente informado de la naturaleza y cargos que se le imputan, para así optar por una adecuada defensa legal. Asimismo, esta enmienda establece que el imputado deberá contar con representación legal para su defensa.

Los derechos contenidos en la Advertencia Miranda deberán ser leídos explícitamente al sospechoso por la policía, indicando lo siguiente:

  1. Tiene el derecho a guardar silencio
  2. Todo lo que diga puede ser usado en su contra en un tribunal legal
  3. Tiene el derecho de consultar con un abogado y tenerlo presente durante la interrogación
  4. Si usted no puede pagar por un abogado, se le asignara uno

El pasado de la policía y la Advertencia Miranda

La policía por lo general conoce bien la aplicación y extensión de los Derechos Miranda, así como las implicancias que tienen en sospechosos arrestados y/o cuestionados. Los policías no escatimaban en aclarar a la persona con la cual tienen contacto, que “no está bajo arresto y es libre de irse, sin embargo, hay algunas preguntas que nos gustaría hacerle”. El sospechoso una vez que haya respondido a las preguntas, puede o no ser arrestado.

Las respuestas proporcionadas, al ser de tipo voluntarias y no bajo arresto, pueden ser admitidas dentro de un proceso legal. Después del arresto, la policía puede o no continuar con las preguntas, no obstante ello, existían otras previsiones cuando hubo de por medio un arresto.

Estando bajo arresto el sospechoso, la policía estaba compelida a leer los Derechos Miranda, pues cuando esto no ocurría así, cualquier confesión o declaración hecha se presumía involuntaria, por lo tanto, no podría ser usado en su contra en un fuero legal. Igualmente, cualquier evidencia descubierta como resultado de una confesión o declaración por parte del sospechoso, podía ser removida del proceso legal.

Guardar silencio durante la etapa Pre-Miranda

Históricamente el silencio del sospechoso no podía ser usado en su contra una vez que se le leía la Advertencia Miranda, empero, existía la presunción que ante el caso de guardar silencio antes de haberse leído los Derechos Miranda, ese mismo acto podría ser usado en su contra. Los cambios son evidentes, y para evitar confusión se ha establecido que los imputados son quienes tienen que invocar su deseo de guardar silencio.

Expertos legales aconsejaban en el pasado que en vez de guardar silencio durante la etapa Pre-Miranda, no respondiendo a las preguntas de la policía, se podía decir que por instrucciones expresas del abogado no se dará testimonio o respuesta a ninguna interrogante a menos que él esté presente. Después de manifestado esto, el sospechoso podría preguntar a la policía si debe responder sus derechos.

Que nos espera con los cambios

La reciente decisión de la Corte Suprema requiere de mayor análisis, seguimiento y medición de resultados, ya que son transformaciones drásticas que se dan a un marco legal en el que los preceptos han variado en orden de importancia. Estos cambios, por un lado, podrían beneficiar a los supuestos criminales de los que se sospecha, al momento de exigírseles invoquen su derecho a guardar silencio, entorpeciendo el esclarecimiento del acto ilícito con cooperación de los detenidos.

Lamentablemente muchos por desconocimiento del cambio legal, no podrán ejercer sus derechos adecuadamente y verán gravemente afectada la consecución de un proceso justo. Los inmigrantes que no manejen bien el idioma Inglés serán quienes se verán más afectados por las modificaciones legales del ejercicio de los Derechos Miranda, teniendo así que condicionar la obtención de justicia al dominio del lenguaje del país en el que se encuentran.

Consideraciones

Lo primero que se debe hacer es consultar siempre con un abogado facultado, admitido por el Bar Association del Estado norteamericano donde reside, a fin de recibir consejería legal adecuada.

Por ningún motivo este artículo debe considerarse como consejería legal de algún tipo, ya que el objetivo del mismo es presentar información sobre los cambios jurídicos recientes. Las únicas personas autorizadas para brindar asesoría legal son los abogados registrados.

Infórmese con mayor profundidad de la nueva interpretación legal y los cambios ocurridos como consecuencia de la nueva decisión de la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos. No se deje llevar por comentarios y/o opiniones de terceros, ya que su caso podría depender de experiencias e interpretaciones equivocadas.

Haga uso de sus derechos constitucionales, son inalienables para quienes residen dentro del territorio Estadounidense, aun así sea indocumentado o no hable Inglés. El ejercicio de los derechos constitucionales no discrimina al individuo según su estado migratorio, y mucho menos por limitaciones de comunicación.

Nota

  • Detalles de la noticia reportada en dos de los principales medios de comunicación: 1.) CNN (http://edition.cnn.com/2010/CRIME/06/01/us.scotus.miranda/), 2.) New York Times (http://www.nytimes.com/2010/06/02/us/02scotus.html).
  • El caso relacionado que influyó en esta decisión de la Corte Suprema fue Berghuis v. Thompkins, No. 08-1470.