Contrato de préstamo

Debe tener presente que las entidades prestamistas establecen en sus clausulados todo tipo de acciones unilaterales, comisiones, intereses y prohibiciones subyacentes. Sepa cómo identificar el abuso y la usura y conozca sus derechos a la hora de formalizar un contrato de préstamo.

Contrato de prestamo
Flickr.com

Lo primero que debe tener presente cuando formalice un préstamo es la publicidad que sobre él realice la entidad financiera. En este sentido conviene destacar que, la información con la que el prestamista anuncie su “oferta” es vinculante.

Brouchure informativo

Este tipo de informativo es gratuito y la entidad tiene la obligación de hacerle entrega de él.
El brouchure informativo deberá contener la siguiente información:

  • Importe del préstamo
  • Plazo de amortización
  • Periodicidad de las cuotas
  • Tipo de interés
  • Comisiones y gastos
  • Vinculación adicional, seguros, impuestos, aranceles
  • Importe de las cuotas

Oferta vinculante

Una vez analizada la información que le ha facilitado la entidad financiera y cuando se haya decidido a formalizar el préstamo, la entidad deberá hacer entrega de un documento en el que se recogerán todas las cláusulas y condiciones del préstamo.

Este documento recoge las mismas cláusulas y condiciones financieras que se establecerán en el contrato del préstamo.

Derecho a examen

El prestatario tiene derecho a evaluar las condiciones financieras reflejadas en el documento vinculante con anterioridad a la firma de la escritura de préstamo.

El exhaustivo estudio de las condiciones financieras que rigen el préstamo con anterioridad a la formalización de la escritura le servirá para evitar las cláusulas abusivas y las condiciones financieras de usura. Es por este motivo que es imprescindible estudiar a fondo las condiciones financieras estipuladas en términos de modificaciones en los tipos de interés y/o comisiones aplicables.

Elección del fedatario público

La elección del fedatario público es libre por parte del prestatario. Debe prestar atención a este aspecto ya que son muchas las entidades que imponen a sus propios fedatarios con los que mantienen un convenio de colaboración.

Aspectos relevantes

Amortización

Este es uno de los aspectos más importantes del contrato de préstamo. Por norma general, las cuotas se calculan en base al sistema de amortización de coutas constantes. A través de este sistema de amortización se establece una cuota mensual, trimestral o semestral. Esta cuota estará conformada por capital + intereses estableciendo una relación inversa.

Esta relación inversa significa que, al principio se pagarán más intereses que capital y a medida que los intereses disminuyen se incrementa el capital, manteniendo siempre constantes las cuotas, por lo que al final de la vida del préstamo, se abonará únicamente capital.

Tipo de interés

Puede ser fijo o variable se expresa en un porcentaje anual y debe estar estipulado en el contrato.
Adicionalmente se debe recoger la fecha de revisión del tipo de interés aplicable, si estamos ante un préstamo a interés variable, especificando muy claramente el valor que servirá de referencia y la fecha que se tomará para su revisión.

Redondeos

Otra cláusula de estudio obligatorio. Algunas entidades establecen redondeos al alza condicionados a los tipos de interés. Este tipo de cláusula es abusiva y por lo tanto debe evitar que se estipule en su contrato de préstamo.

Suelo y techo

En el caso de los préstamos y con motivo de la crisis global actual, se puso de manifiesto una práctica financiera muy común por medio de la cual se establece un suelo mínimo a partir del cual la cuota del préstamo no se reducirá. Adicionalmente, se establece un techo a partir del cual no se verá incrementada la obligación mensual de pago.

Esta práctica es de doble filo ya que generalmente, las entidades establecen suelos que les permitan seguir ganando dinero aún con tipos oficiales muy reducidos y techos inalcanzables. Debe prestar atención a este tipo de cláusulas ya que si bien no están al margen de la ley, no se consideran dentro de las buenas prácticas y la transparencia financiera.

Intereses por impago

Este tipo de interés se establece para minimizar el impacto de un retraso en la fecha establecida para el cobro de la cuota. Conozca el tipo de interés que le aplicarán y asegúrese que se encuentra dentro de las tarifas vigentes. Generalmente, supera el 20%, por lo que conviene evitar el retraso ya que puede suponer un menoscabo económico de gran relevancia.

Comisiones

Todas las comisiones y gastos inherentes al préstamo deben estar estipuladas dentro del contrato y únicamente podrán repercutirse aquellas que se encuentren recogidas en el clausulado de la escritura.

Asegúrese que éstas son coincidentes con la información previa y sobre todo, con la normativa aplicable.

Avales y garantías

En caso existir, deberán aparecer con sus datos personales completos, deberán acudir a la firma del contrato y obtener una copia del mismo.

Ejecuciones por impago

El contrato del préstamo debe contemplar el momento exacto en el que la entidad tiene la potestad de iniciar las acciones legales oportunas en contra del prestatario y sus avales en caso de impago así como los costes de esta operación.

Subrogaciones

El contrato debe establecer las acciones que puede ejercer la entidad para retener un préstamo en caso de solicitar una subrogación a otra entidad. Si procede, se deben establecer las comisiones y cuotas que la entidad cobre por este concepto.

Conclusiones

Siempre que vaya a firmar un préstamo asegúrese de disponer de una oferta vinculante que recoja todas las condiciones del préstamo. Hágase asesorar por un fedatario público de su confianza o un representante legal que le explique el significado real de cada cláusula y nunca firme un contrato en el que no estén claramente especificadas todas las acciones que la entidad prestamista puede llevar a cabo de forma unilateral.