Desafío independentista de Cataluña y el 1-O

Cataluña continúa en la búsqueda por su independización este 1 de octubre, con consecuencias impensables para la península ibérica y el estado español.

Busqueda de independencia de Cataluña
Foto cortesía de RTVE.es

¿Estamos ante la mayor crisis en las relaciones entre Cataluña y España desde 1978?

¿La solución con respecto a la votación del referendum del 1-O (1 de octubre) ha de provenir por parte de los jueces, ya que la cuestión involucra normas, leyes, Estatuto, Constitución? ¿En qué quedaría convertida España si se aprueba el Referendum independentista de Cataluña del 1 de octubre? ¿Cuáles serían sus repercusiones territoriales, económicas, su posición internacional…? ¿Tiene poder la Constitución o hay que realizar una reforma con prontitud para actualizarla y reforzarla?

Existen dos posturas, ante este mismo tema: Gobierno de España y Govern (Ejecutivo catalán)

El gobierno español manifiesta que es ilegal convocar el referéndum independentista del 1 de octubre. De otro lado, Carles Puigdemont, presidente de la Generalidad de Cataluña desde 2016, y su gobierno aseguran que tienen competencias para convocar el referéndum y apostar por el derecho de determinación.

Toda una guerra abierta entre ambas partes en la que los ciudadanos se juegan mucho.

¿Cuándo comenzó todo?

Echamos la mirada bien atrás para responder a esta pregunta. Tras la muerte de Franco se constituyeron las Cortes Generales y se aprobó la Constitución en 1978, consensuada por la mayor parte de las fuerzas políticas españolas y sobre todo por las catalanas. En Cataluña, la Constitución fue apoyada por un 91,9% de los votantes. Fue ratificada en referéndum por todos los españoles.

Una vez aprobada la Constitución se aprobó también un Estatuto de Autonomía para Cataluña. Sometido a referéndum con el apoyo del 88,15% de los catalanes y una participación del 59,3%. Este Estatuto aprobaba la existencia del Parlamento de Cataluña y de un Gobierno para Cataluña, además de otras instituciones.

Relación de Cataluña con el Gobierno español

Desde siempre las distintas autoridades de Cataluña han luchado por una independencia con respecto al Gobierno español, a través del Estatuto de Autonomía, sus instituciones y diversas manifestaciones. Tampoco su relación con el gobierno ha sido buena alguna vez. Distintas fuentes la califican como “guerra abierta” entre el Estatuto-Constitución, Govern y Gobierno Español. En 2010 se celebraron consultas sobre la opinión de los catalanes con respecto a la independencia. Expertos aseguran que hay una división de la sociedad ante esta cuestión. En 2012 en la Diada, Día de Cataluña, se celebró la manifestación: “Cataluña, nuevo estado de Europa en el 2012”.

Marco legal. Constitución-Estatuto Catalán

¿Qué dice la Constitución sobre el referéndum?

La Constitución española de 1978 permite la participación política de los ciudadanos. La ley orgánica 2/1980 de 18 de enero habla sobre las distintas modalidades de referéndum. En relación al consultivo autonómico manifiesta que debe estar autorizado por el gobierno español. Así dice el artículo segundo. “La autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum en cualquiera de sus modalidades, es competencia exclusiva del Estado”. “La autorización será acordada por el Gobierno, a propuesta de su Presidente, salvo en el caso en que esté reservada por la Constitución al Congreso de los Diputados”. “Corresponde al Rey convocar a referéndum, mediante Real Decreto acordado en Consejo de Ministros y refrendado por su Presidente”.

¿Qué dice el Estatuto de Autonomía?

Por su parte, el Estatuto de Cataluña de 2006, en su artículo 122 asegura que la Generalidad de Cataluña tenía la competencia exclusiva para convocar consultas. El Tribunal Constitucional restringió la interpretación del texto mediante la sentencia del 28 de junio de 2010, desautorizando a la Generalitat (Generalidad de Cataluña).

Artículo 150.2
El apartado 2 del artículo 150 determina que "el Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación".

¿Qué medidas está tomando el Govern para la celebración del referéndum el 1 de octubre?

  • Aprobación de la Ley de Referéndum.
    El 6 de septiembre los independentistas catalanes aprobaron la llamada Ley de Referéndum, con 71 votos a favor y 10 en contra; sin los votos de Ciudans (Partido de Ciudadanos), PSC (Partido Socialista Catalán) y PPC (Partido Popular Catalán) que abandonaron el hemiciclo.
  • Aprobación de la ley de transitoriedad.
    Una ley que cubra –para evitar el vacío legal- ese periodo provisional que va desde la Cataluña autonómica hasta la independiente.
  • Eligieron cinco candidatos que regirían la Sindicatura Electoral.
  • Abierta la autorización del voto para los catalanes que residan en el extranjero.
  • Puesta en marcha de una campaña de publicidad para fomentar la participación en el pretendido referéndum.

¿Qué medidas está tomando el Gobierno y resto de partidos ante esta situación?

  • El Tribunal Constitucional ha suspendido de forma cautelar la Ley del Referéndum aprobada el día 6 por el Parlamento Catalán y los decretos firmados para la consulta de autodeterminación.
  • Ha impugnado la convocatoria del referéndum, el contenido de la norma, el nombramiento de miembros de la Sindicatura Electoral, aprobado por Puigdemont y sus consellers (ministros o miembros del gobierno catalán).
  • El Tribunal Constitucional ha suspendido la Ley de ruptura del Parlamento.
  • Del mismo modo, ha presentado recurso contra todas las normas catalanas como el código Tributario destinadas a crear estructuras del nuevo estado catalán.

¿Qué podía hacer aún el Gobierno?

  • Pedir al Tribunal Constitucional que suspenda de funciones al presidente de la Generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont, o a algunos de sus miembros.
  • La reforma del artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional realizada en 2015 se lo permite al establecer que los jueces pueden “acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos de la Administración responsable del incumplimiento, durante el tiempo preciso para asegurar la observancia de los pronunciamientos del Tribunal”.
  • Puigdemont ya ha respondido que sólo el Parlament de Catalunya lo puede destituir de sus funciones.
  • Inés Arrimadas, presidenta de Ciudadanos del PPC, piensa en una moción de censura, pero aún no tiene los apoyos necesarios.

¿En qué se convertiría Cataluña si se aprueba la independencia?

  • Estaríamos ante un nuevo estado republicano, con moneda, pasaporte y ordenamiento jurídico propio.
  • No cuenta con apoyos internacionales.
  • No pertenecería a la Unión Europea.

¿En qué se convertiría España?

  • Si se lleva a cabo la independencia de Cataluña, podrían seguirle Valencia – ya quemada la Ciudad de la Justicia y un policía muerto y su atacante abatido a tiros …-, el País Vasco, Galicia… se podría llegar a perpetrar el hispanicidio.
  • España diría adiós a la quinta parte de la riqueza nacional. La economía española ya ha comenzado su desaceleración. Perdería el mayor tejido empresarial del país. Cataluña es la comunidad con mayor número de empresas y autónomos del país.

Al cierre de la edición de este artículo, 13 de septiembre, las espadas entre el Ejecutivo español y el Govern están en alto. Son muchos los factores que empiezan a cambiar con sus correspondientes consecuencias. Barcelona ya ha dicho que participará en el referendum y se prevé que sólo un escaso número de ayuntamientos puedan dejar de hacerlo. Por su parte, la Fiscalía ha ordenado perseguir a los Mossos d’Esquadra (Policía autonómica de Cataluña), Guardia civil y Policía Nacional los actos que faciliten el 1-O. Ahora, a la espera de qué pasará el 1 de octubre 2017.