Discriminación laboral por edad

En los últimos años se han logrado grandes avances en materia de derechos en el trabajo, pero esto es solo en teoría. Las prácticas discriminatorias por edad, se evidencian permanentemente en las ofertas y oportunidades de empleo

Discriminación laboral por edad

Discriminar, en su sentido literal, es la acción de separar o distinguir unos elementos de otros atendiendo a un criterio específico, pero por lo general, cuando se habla de discriminación, suele emplearse el término en un sentido negativo que alude al trato en condiciones de inferioridad, que se da a una persona o grupo.

En el ámbito laboral, se trata de una situación en la cual la persona recibe un trato desfavorable en relación con el resto de los trabajadores, a causa de algún tipo de prejuicios, bien sea de orden social, religioso, económico, racial, o por muchas otras condiciones que enfatizan las diferencias.

En las últimas décadas han aparecido nuevas formas de maltrato laboral, una de las cuales es la discriminación por motivos de edad, que se expresa a veces de manera sutil, como por ejemplo, cuando se rechaza a un candidato que opta por una plaza vacante, por estar “sobre calificado”, y otras veces de forma abierta, cuando se especifica un límite de edad para la contratación.

Otras formas de discriminación limitan a partir de cierta edad, el acceso a programas de formación y promoción, o los obliga a jubilarse, para evitar ser permanentemente relegados en sus funciones y oportunidades de desarrollo.

A cualquier edad se puede ser víctima de discriminación laboral

Las investigaciones llevadas a cabo por especialistas en materia laboral, ubican la edad promedio en la cual se comienza a ser rechazado por la edad, a los 35 años aproximadamente. Pero también se señala a las personas de entre 16 y 20 años de edad, como afectados por la falta de oportunidades que se les brinda para iniciar su vida laboral, por el mismo motivo.

Los últimos reportes sobre el desempleo en Latinoamérica, señalan un alto índice de jóvenes menores de 20 años, desempleados o subempleados en el sector de la economía informal. Se describen también, desventajas en los ingresos, en relación al pago recibido en el desempeño de algunos trabajos, en comparación al pago recibido por los adultos.

Panorama general

En los países europeos, existe un buen nivel de conciencia en torno a la problemática de la discriminación en general, no así, a la generada por la edad. En España, por ejemplo, diferentes organizaciones que luchan por erradicar estas políticas, denuncian tanto a las empresas privadas como al sector público, con el claro ejemplo del Cuerpo de Policía Nacional, para cuyo ingreso, la edad límite son 30 años, y para el Cuerpo de Bomberos, 35 años.

Siendo el Estado el mayor empleador, es evidente que también es el principal responsable de la discriminación, según la Fundación Pro Derecho Humanos de ese país. Esta situación descalifica al gobierno, para aplicar las medidas que puedan adoptarse en una eventual reforma a la Ley del Trabajo.

En las naciones que conforman la Unión Europea, un 57% de la población estima que las personas a partir de los 50 años, no tienen la capacidad de trabajar de manera eficiente. Esta cifra aumenta a un 64% en España.

Por su parte, las naciones americanas, a excepción de Estados Unidos, están apenas comenzando a reformar las leyes, para adecuarlas a la nueva problemática, con el agravante de que los avances logrados hasta la fecha, se limitan a la letra de acuerdos y reglamentos, que en realidad no se cumplen en casi ninguno de los países.

Actualizaciones en el marco legal

Estados Unidos fue uno de los primeros países que formuló una ley específica en este punto, la Ley de Discriminación Laboral por Edad, ADEA (por sus siglas en inglés). Dicha ley, ampara a las personas de 40 años en adelante, contra el trato discriminatorio, y abarca a los trabajadores activos y a los aspirantes a puestos públicos y privados, en las diversas etapas de la contratación: reclutamiento, entrenamientos, promociones, suspensión, beneficios contractuales, despidos y jubilación.

En el caso concreto de los entrenamientos y demás actividades formativas, la referida ley acentúa el derecho de este sector de los trabajadores a participar, y contempla además, la prohibición expresa de poner límites de edad en los anuncios de ofertas de empleo.

En América Latina, son pocos los países han actualizado las leyes conforme a las últimas manifestaciones discriminatorias. Estos son algunos ejemplos de nuevas leyes y reformas:

  • En Argentina se creó la Ley 20.744, vigente desde 1974, que incluye expresamente el tema de la edad como forma de discriminación laboral
  • En el 2001, Chile promulgó la Ley 19.739 que sanciona la discriminación por edad y por estado civil
  • En Colombia, el cambio en las leyes se efectuó en el 2004, con la Ley 931, específica contra la discriminación en el trabajo
  • La Carta Magna de México, contempla en su artículo primero, la prohibición de cualquier tipo de discriminación laboral, y hace mención concreta a la motivada a la edad. De igual manera procede la Ley Federal promulgada en el 2003, en su artículo cuarto
  • En Venezuela, la Constitución de la República, especifica en el Artículo 89, quinto principio, la misma prohibición de discriminación laboral por edad, así como en Ley del Trabajo, artículo 26
  • Perú promulgó la Ley 28867 en el 2006, que introduce reformas a la leyes vigentes, incluyendo la edad, como uno de los motivos de discriminación a ser combatidos

Posición de la Organización Internacional de Trabajo, OIT

Luego de emitida la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, en 1998, este organismo ha venido trabajando en diversos informes de seguimiento a las políticas laborales aplicadas por los países miembros de Naciones Unidas, ratificadas en el Convenio 111, por medio del cual se comprometen a respetar, promover y llevar a la práctica, tales principios y derechos, entre los que figuran la eliminación de toda forma de discriminación en materia de ocupación y empleo.

No especifica el mencionado convenio, la discriminación por razones de edad, sin embargo, a partir del 2003, el tema cobra relevancia, y la OIT lo agrega en el informe denominado “La hora de Igualdad en el Trabajo”, al reconocerlo como una de las nuevas “y más sutiles formas” de discriminar.

Según el informe, son pocos los avances obtenidos luego de suscrito el Convenio 111, lo que indica que si bien existe el compromiso formal por parte de las naciones de combatir este y otros flagelos, en la práctica las medidas no se aplican.

Consideran los expertos, que es necesario ir más allá en la búsqueda de soluciones, por lo que se comienzan a escuchar algunas propuestas como la planteada en el Foro Económico Mundial, que busca retrasar la edad legal para jubilarse, en los países europeos.

Cómo actuar cuando se es víctima de discriminación por razones de edad

Las acciones dependen de muchos factores, el principal de ellos, es el amparo que ofrezca la ley en cada país. Sin embargo, se puede actuar tomando algunas medidas como las siguientes:

  • Indagar el contenido y alcance de las leyes
  • Tratar de obtener pruebas de los actos discriminatorios: memorandos, instrucciones, cartas, y otros
  • Acudir a los canales regulares de la empresa o institución, para formular la queja por escrito. Este paso es fundamental para comprobar posteriormente, que se agotaron los recursos internos en el lugar de trabajo, y para evitar que los superiores o la gerencia, aleguen desconocimiento del caso
  • Documentar todas las acciones emprendidas, así como la respuesta del patrono (llevar un registro de las conversaciones, con horas y fechas, así como las personas involucradas), para que pueda describirlas con exactitud al momento de una declaración legal
  • Actuar con prontitud, para evitar que el tiempo se convierta en un factor en contra, una denuncia formulada fuera del lapso razonable, puede hacer que el empleado pierda sus derechos
  • Si no se dispone de recursos, acudir a las organizaciones gubernamentales y/o no gubernamentales, que brindan apoyo legal y asesoría en la materia

Actuar, el mejor antídoto contra la discriminación

Cuando una persona es discriminada, debe actuar conforme a las herramientas disponibles, de nada vale que las instituciones acepten los cambios y trabajen en la modificación de sus leyes, si la respuesta ciudadana es la pasividad.

Está comprobado que el disfrute de los derechos civiles, y la aplicación de las leyes, dependen en gran medida de las acciones que los individuos y grupos de la sociedad, llevan a cabo como ejercicio democrático y como exigencias válidas.